Novedades

Caso Davico: en dictamen pos elecciones, García instó a posible intervención de la Corte

Cuando parecía que la disputa político-judicial que envolvió la candidatura de Mauricio «Palito» Davico durante toda la campaña de cara a las PASO y a las elecciones generales había quedado sin efecto, la opinión del Procurador General de Entre Ríos, Jorge García, intenta trascender el resultado del pasado domingo, en busca de definiciones contrarias a las expuestas por el Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos (TEPER), que habilitó a Davico a competir en los últimos comicios.

La cuestión de fondo continúa sin ser resuelta, asegura García, a la vez que señala la gravedad institucional de la situación y de inconstitucional la candidatura de Davico. García se mantiene en la misma tesitura expuesta en su primer dictamen, y ratifica sus argumentos que, aunque no redundan en una opinión vinculante, no dejan de ser la manifestación de quien lidera el Ministerio Público Fiscal en la provincia.

Dos días después de las elecciones generales, el Procurador General de la Provincia de Entre Ríos -Dr. Jorge Amilcar Luciano García- emitió un duro dictamen contra Mauricio «Palito» Davico, en el marco de las impugnaciones a su candidatura aún en curso y los recursos de Inconstitucionalidad impuestos ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) en oposición a la candidatura de quien finalmente resultó electo este domingo como intendente de Gualeguaychú por el 40.13% de los votos, cambiando el signo político de la Municipalidad del sur entrerriano después de más de 30 años de peronismo.

García remarcó que las cautelares interpuestas para impedir la realización de las elecciones no podían ser resueltas debido a la abstracción del planteo en el marco de los sucesos acontecidos, pero instó al STJER a revocar la resolución del TEPER e, incluso, se refirió a una posible intervención de la CSJN -citando a lo largo de su escrito diferente jurisprudencia- para evitar que el Intendente de Juntos por Entre Ríos (JxE) pudiera asumir el próximo 10 de diciembre al frente de la Municipalidad de Guaelguaychú.

En un tramo de su dictamen, el jefe de los fiscales señala que «el hecho de que la re reelección sea en otra ciudad no quita la sustancialidad semántica de que se tratarúa de otra reelección sucesiva, es decir contradictorio con la exigencia Constitucional y legal de Alternancia». García ratifica lo vertido en su primer dictamen sobre este tema, calificando el accionar del Intendente electo Mauricio Davico como «una maniobra análoga al fraude a la ley», en referencia al planteo de la defensa respecto a la residencia: «Que Davico, todavía Intendente de Pueblo General Belgrano, ponga su domicilio en Gualeguaychú, que haya votado allí, no tiene ninguna trascendencia respecto a su deber ínsito en la función pública de residir en el lugar de su alta función pública».

«Nuestra conclusión en pro de la admisibilidad de la vía impugnaticia por ante el Excmo STJER, no emepece a que entendamos que no corresponde Cautelar interesada, no solo porque la ocurrencia efectiva comicial en que triunfó Davico lo torna abstracto, sino porque ello no tiene efecto preclusivo sobre el fondo del «thema decidencum». Es decir aunque parezca que merced a la validación del Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos (TEPER), Davico ha de lograr lo que el tristemente célebre Menem no pudo: la Re reelección, de todos modos un fallo revocatorio del STJER o aún un eventual fallo de la CSJN -dada su postura- podrían impedir la asunción del cargo», sostiene hacia el final del escrito de 22 páginas con fecha del 24 de octubre pasado.

Y concluye: «Por todo lo expuesto, es nuestra opinión que V.E. debe conceder el recurso de Inconstitucionalidad local interesado, sin cautelar alguna».

 

Fuente: Radio 2820

compartir