«El Poder Ejecutivo de Entre Ríos aprobó el nuevo Reglamento de Declaración de Fiesta Provincial mediante el Decreto Nº 2.476, reemplazando normativas vigentes desde 1977 y 1984 (Decretos Nº 2.372/77 y Nº 4.086/84).
La Secretaría de Turismo será la autoridad de aplicación y configurará un Calendario de Eventos y Festividades para fortalecer la demanda turística.
El secretario de Turismo, Jorge Satto, destacó que el decreto «facilita el proceso para la declaración provincial de fiestas y eventos populares» y «optimiza el uso de recursos públicos para mayor operatividad administrativa».
El reglamento establece:
– La Secretaría de Turismo recibirá y evaluará solicitudes de declaración de Fiesta Provincial.
– Requisito excluyente: dos años consecutivos de Declaración de Interés de la Secretaría de Turismo.
– Vigencia de cinco años para el uso de la denominación oficial, renovable actualizando información.
– Apoyo económico, logístico y técnico para eventos declarados Fiestas Provinciales, según corresponda y en la medida de sus posibilidades».
El objetivo es agilizar trámites y promover el turismo en la provincia.
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