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El Gobierno oficializó el bono para jubilados en enero: cuál es el monto y los requisitos para cobrarlo

El Decreto 1133/2024, publicado este lunes en el Boletín Oficial, establece la entrega de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000 para los jubilados, como parte de un esfuerzo para compensar los efectos de la inflación sobre los haberes. Este bono será abonado en enero de 2025.

El bono beneficiará a los titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, incluidas las jubilaciones y pensiones establecidas por la Ley N° 24.241, así como a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, y aquellas destinadas a madres de siete o más hijos.

El monto del bono varía según el total de los haberes del beneficiario. En el caso de quienes reciban un monto igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado, recibirán el bono completo, es decir, $70.000. Si el total de las prestaciones supera este monto, el bono será ajustado para no superar el haber mínimo más el monto máximo del bono.

El Bono Extraordinario Previsional se liquidará por titular, y se abonará de manera no remunerativa, lo que significa que no estará sujeto a descuentos ni será computable para otros conceptos. En los casos de pensiones con copartícipes, se considerará a todos como un único titular a los efectos de este bono.

Además, la ANSES será la encargada de aplicar las normas aclaratorias necesarias para la implementación del decreto y asegurar que el bono se entregue correctamente. También se realizarán adecuaciones presupuestarias para cubrir los pagos previstos.

Este bono llega como una respuesta ante las dificultades económicas que enfrentan los jubilados y pensionados, buscando preservar su poder adquisitivo en un contexto inflacionario complejo.

Requisitos para cobrar el bono
  • Ser titular de una prestación contributiva previsional a cargo de ANSES (Ley 24.241 y modificatorias).
  • Ser beneficiario de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Tener beneficios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez o madres de 7 hijos o más.
  • Los beneficios deben estar vigentes en el mes de enero de 2025, cuando se realice el pago.
  • En caso de pensiones compartidas, se considerará a los titulares como uno solo para el cobro del bono.
  • El bono es no remunerativo y no es susceptible de descuento ni computable para otros conceptos.

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