Este miércoles se reunió la Comisión de Legislación General para abordar un proyecto presentado por el senador Gustavo Vergara del departamento Diamante, que modifica la Ley Nº10644 de Régimen Comunal.
Encabezó el encuentro el presidente de la Comisión, Jaime Benedetti (Gualeguaychú – Juntos por Entre Ríos), y participaron los senadores Gustavo Vergara (Diamante – Juntos por Entre Ríos), Rubén Dal Molín (Federación – Juntos por Entre Ríos), Juan Pablo Cosso (Villaguay – Más para Entre Ríos), Nancy Miranda (Federal – Más para Entre Ríos) Rafael Cavagna (Nogoyá – Juntos por Entre Ríos) y Martín Oliva (Uruguay – Más para Entre Ríos).
El proyecto trata de la modificación del inciso C del artículo 25 de la Ley de Comunas Nº10644, que quedará redactado de la siguiente forma: “Reglamentar el ordenamiento urbanístico de la Comuna, regulando su uso, ocupación, subdivisión del suelo, afectación a Propiedad Horizontal y/o Propiedad Horizontal Especial, así como el desarrollo urbano en función social”.
El autor de la iniciativa legislativa manifestó que con este proyecto se busca un mayor respeto a la potestad de las comunas, en lo relativo a los desarrollos urbanísticos.
Los senadores presentes dialogaron sobre la implicancia del texto y estuvieron de acuerdo en darle dictamen favorable para ser tratado en Sesión. Asimismo expresaron que la Ley de Comunas merece una modificación que será alentada desde esta Cámara.
Fundamentos sobre el proyecto
La ley de Comunas (10644) establece las facultades que tienen los Consejos Comunales, y dentro de éstas, figura que “los Consejos Comunales están facultados para participar en el ordenamiento urbanístico, edilicio y el fraccionamiento de tierras actuando conjuntamente y con los organismos provinciales competentes”. Esto, se indica, hasta que se sancione una nueva ley de presupuestos mínimos que garanticen la sustentabilidad del desarrollo territorial y brinde respaldo jurídico e instrumentos de gestión apropiados a las autoridades comunales. En la actualidad, cualquier plan urbanístico debe contar con la aprobación del organismo provincial competente.
En ese sentido, el senador Vergara explicó que el proyecto tiene en cuenta que las comunas se encuentran asimiladas a los municipios y además, la Constitución Provincial adopta como principio el de la autonomía municipal, de lo que deviene la autonomía comunal.
De ese modo, argumentó que ante esta situación y para “romper con trabas” que pueden demorar el desarrollo territorial, se propone la modificación para dotar a las Comunas de las facultades propias en materia de urbanización y división, subdivisión de la tierra de jurisdicción comunal atento existe la jurisdicción comunal con autoridades constituidas, con autonomía y hasta presupuesto propio.
También sostuvo que la iniciativa influirá en la resolución de numerosos trámites que al día de hoy no encuentran una salida adecuada y satisfactoria para el desarrollo y crecimiento de las Comunas Entrerrianas.
De esta manera, indicó que se trata de aplicar efectivamente la autonomía, promoviendo proyectos propios de urbanización.
En la actualidad
El legislador explicó que a la fecha se establece que la Dirección de Catastro no aprobará subdivisiones de inmuebles rurales, si las parcelas consecuencias de tal acto no representan cada una, por lo menos, una unidad económica agraria o cuando constituyéndose una de ellas el remanente del inmueble subdividido, pierda tal carácter.
Además detalló que se tiene que tener en cuenta, en cada trámite, la regulación vigente de las etapas y requisitos que imprime el trámite administrativo para la presentación y posterior aprobación de proyectos de subdivisión y urbanizaciones de inmuebles rurales.
En ese sentido, indicó que la Ley de Comunas se sancionó en 2018 y, dado el desarrollo alcanzado en la actualidad, se hace primordial las adaptaciones a las necesidades propias de esos territorios autónomos.
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