La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos ya tiene listo un anteproyecto de ley para introducir nuevos cambios al régimen jubilatorio provincial por cuanto considera que lo ya hecho –el aumento del aporte del 16% al 19%- no resultan suficientes ante un déficit creciente.
Así, en los fundamentos de la iniciativa se sostiene que el sistema previsional “atraviesa un problema de sostenibilidad, que requiere de un abordaje inmediato en búsqueda de una convergencia de tipo financiera en cuanto a los recursos que el organismo recauda de manera genuina y los gastos que demanda la atención de los beneficiarios actuales y futuros en todas sus modalidades del sistema”.
“A pesar de la variedad de medidas implementadas, algunas de las cuales posiblemente arrojarán un resultado favorable a largo plazo, y de los esfuerzos en términos económicos que significan los incrementos de los aportes y contribuciones al sistema, las herramientas para atender el estado deficitario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones y, consecuentemente, de su impacto en las cuentas públicas, se presenta insuficientes y no garantizan la sustentabilidad del sistema con el esquema actualmente vigente, aún si los resultados se obtuvieran de inmediato”, diagnostica.
Aunque aclara que el proyecto “no importa un cambio de sistema ni significa una modificación sustancial de los regímenes jubilatorios ordinarios y especiales, ni se modifican las edades jubilatorias o requisitos para acceder a los beneficios. Por el contrario, se pretende introducir herramientas al régimen vigente, para ordenar los incrementos sectoriales, con el objetivo de crear un marco normativo claro y equitativo para los ajustes de beneficios. Esta iniciativa es esencial para evitar disparidades y asegurar una distribución justa de los recursos dentro del sistema de jubilaciones, intentando sostener y proteger el Sistema Previsional”.
El sistema de jubilaciones –define- debe ser visto como un todo integral, donde cada parte contribuye al funcionamiento efectivo del sistema en su conjunto. La homologación asegura que los cambios se implementen de manera coherente y armoniosa, evitando desajustes que puedan comprometer la estabilidad del sistema”. Y destaca que el sistema previsional comprende pasividades de 98 escalafones o estamentos existentes, de los cuales, 84 “tienen la posibilidad de realizar modificaciones sobre los haberes de los activos, a través de paritarias sectoriales o disposiciones unilaterales, que son trasladados en forma directa y prácticamente inmediata a la pasividad, sin posibilidad de que la Caja de Jubilaciones y Pensiones, en su carácter de administradora de los recursos, pueda objetar una decisión que le es ajena y en la cual no ha sido contemplado el impacto sobre los fondos existentes para atender el mismo”.
Así, se plantea “la necesidad de armonizar el sistema, para que la Provincia pueda proyectar el gasto y atenderlo adecuadamente, reduciendo el impacto negativo de las medidas sobre los fondos del propio sistema y del Tesoro, que debe atender la mayor erogación, haciéndolo más previsible y pudiendo a partir de esta previsión, diferenciar los escenarios negativos de los distintos escalafones que permitan adoptar las medidas pertinentes”.
“Este objetivo se pretende conseguir a través de la incorporación de una instancia de homologación, realizada con participación de la Caja de Jubilaciones y Pensiones y las partes que intervienen en la negociación paritaria o sectorial, que finalizará con el dictado del acto administrativo homologatorio, el cual será previo al traslado de sus resultados a las pasividades”, definie.
Además, “se elimina el tercer párrafo del hoy vigente artículo 63° de la Ley N° 8.732, que prevé un incremento del 82% móvil, llevándolo a 85%, cuando los servicios con aportes exceden los diez (10) años”.
“Esta previsión normativa, coloca a nuestra provincia en una situación insólita en relación a otras cajas previsionales, pues no solo prevé un haber previsional inicial superior a otras Cajas, sino que este puede incrementarse por mayores aportes en actividad o en el trascurso del tiempo durante la pasividad, lo que contribuye al desfinanciamiento del sistema”, señala la iniciativa.
Además, “se deroga expresamente el artículo 39° de la Ley N°8.732, que conforme Decreto N° 2089/2020 MGJ solo resultaba aplicable a la Jubilación Ordinaria Común, por cuanto este prevé el denominado sistema del `3 por 1`. Esta previsión normativa, sin lugar a dudas ha contribuido a incrementar el déficit del Sistema Previsional, por cuanto se halla íntimamente relacionado con la expectativa de vida en la pasividad. A través de este dispositivo legal, se admite acreditar el mínimo de edad jubilatoria, mediante una compensación del exceso de años de servicio con aporte, con la falta de edad, en la proporción de 3 años de servicios con aportes por 1 de edad y hasta un máximo de 5 años”.
Al respecto, observa: “Como resultado, la jubilación a la que ya se accede a un piso de edad bajo -en comparación a otros regímenes previsionales y a la tendencia internacional de incrementar las edades jubilatorias- se adiciona la posibilidad de reducirlo aún más a partir de esta norma, lo que impacta negativamente en los fondos del Sistema y en el déficit que atienden todos los contribuyentes”.