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Donación de órganos: al tramitar la licencia de conducir ya no se requiere expresar la voluntad

A través de un trabajo conjunto entre el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Entre Ríos (Cucaier) y la municipalidad de Paraná, se suprimió la pregunta sobre el consentimiento para la Donación de Órganos y Tejidos del formulario para obtener las licencias de conducir.

Esta propuesta fue elevada y posteriormente aprobada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que convocó a una reunión al Instituto Nacional Central Único de Ablación e Implante (Incucai), el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Entre Ríos (Cucaier), y a la Dirección de Habilitación del Registro de Conducir de Paraná, en la cual se determinó y materializó la quita de la pregunta del Sistema Nacional.

Cabe señalar que la Ley Nacional Nº 27.447 de «Trasplante de Órganos, Tejidos y Células», no habilita a los organismos municipales para ser un canal donde se pueda expresar la voluntad de donación. Por tal motivo, con esta acción se da cumplimiento a la ley y se evita la confusión en los ciudadanos sobre los canales legales para poder expresarse.

De este modo, se prevé que la acción impulsada por Cucaier con el acompañamiento de la Municipalidad de Paraná también tenga una gran repercusión a nivel nacional.

En tanto, se recuerda también que a partir de la sanción en 2018 de la Ley N° 27.447, toda persona mayor de 18 años que fallece en las condiciones de ser donante de órganos o tejidos se considera donante, salvo que haya dejado asentada su negativa por una vía legal.

A continuación, se detallan los canales habilitados para la toma de expresión de voluntad:
-Firmando un acta: puede ser en el Incucai o en los Organismos de cualquier lugar del país. En Entre Ríos, el Cucaier.
-Enviando un telegrama: se puede hacer gratuitamente en cualquier sucursal del Correo Argentino del país.
-Con la app de MI ARGENTINA: creando una cuenta y validando previamente la identidad.
-Al tramitar el DNI: solicitando que quede asentado en el Documento Nacional de Identidad cuando se inicia el trámite.

Se recuerda, además, que la expresión de voluntad es personal e intransferible y puede modificarse en cualquier momento por estos mismos canales.

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