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Megajuicio: desestimaron «in límine» la recusación de Urribarri a los vocales

El vocal a cargo de la presidencia de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Germán Carlomagno, desestimó la recusación planteada por la defensa del exgobernador Sergio Urribarri a los vocales Miguel Giorgio y Gisela Schumacher en el marco del recurso de queja planteado tras la condena a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio. El rechazo fue «in límine», esto es, sin detenerse a conocer los argumentos de la recusación.

En su resolución, Carlomagno señala que «la recusación derivada de la difusión en diferentes medios periodísticos del sentido en que, hipotéticamente, se expediría la Magistratura actuante en el marco del recurso de queja en cuestión, más allá de su contenido, veracidad o falsedad, meramente constituye una suerte de conjetura que no puede, de manera alguna, invocarse racionalmente como motivo legal para pretender extraer de su jurisdicción a los Vocales que legítimamente tienen el deber de continuar interviniendo en autos».

«En efecto, lo aquí planteado luce direccionado a impedir el normal trámite de estas actuaciones, ya que las razones expuestas no constituyen prejuzgamiento alguno siendo que provienen de manifestaciones o elucubraciones vertidas por periodistas y no de los propios magistrados recusados. Por ello, no es válido el planteo de temor objetivo de falta de imparcialidad para motivar la recusación, y pretender apartar a los integrantes del Tribunal so pretexto de una potencial parcialidad sin razón o fundamento que avale tal postura. Admitir lo contrario significa violentar las garantías constitucionales del juez natural, del debido proceso y de defensa en juicio (art. 18 CN); por lo que corresponde, también y en este particular aspecto, rechazar la recusación articulada por ser manifiestamente improcedente», agrega

Ahora, el camino que le queda a Urribarri a través de su abogado defensor Leopoldo Cappa, y de su nuevo representante legal, Fernando Burlando, es acudir a la Corte Suprema Justicia de la Nación.

«Que vengo por el presente, por expresas instrucciones de mi representado y también patrocinando en este caso al Dr. Fernando Burlando, quien oportunamente se hará cargo de la representación legal de Sergio Urribarri, a presentar la recusación contra la Sra. Vocal Gisela Schumacher y Miguel Ángel Giorgio, por temor objetivo de parcialidad, dejando a salvo el buen nombre y honor personal de la nombrada y el nombrado».

De ese modo, el abogado Leopoldo Cappa, como defensor del exgobernador Sergio Urribarri en la causa del megajuicio por el que resultó condenado a 8 años de cárcel, pidió el apartamiento de dos vocales de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Ese tribunal trata la queja presentada por el exgobernador y el resto de los condenados en el megajuicio y lo hará con una conformación diferente: quedó integrada por los vocales Miguel Giorgio, Gisela Schumacher y Germán Carlomagno. Se excusaron los vocales Claudia Mizawak y Daniel Carubia.

Cappa fue convocado para sumarse al equipo de abogados defensores de Urribarri que ahora encabeza Burlando, y de ese modo quedaron apartados Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez. El propio Burlando confirmó a Entre Ríos Ahora la presentación de la recusación contra los dos magistrados.

Al dar argumentos de la recusación, el letrado menciona que «he tomado contacto con mi defendido quien me informa que por distintos medios periodísticos y sus redes ha observado la decisión adoptada por los Vocales aquí recusados, en el legajo referido en el epígrafe, por el cual es de público conocimiento que Gisela Schumacher y Miguel Ángel Giorgio rechazaron el recurso de queja extraordinario presentado ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Entre Ríos».

El exgobernador Urribarri fue condenado, el 7 de abril de 2022, al término del megajuicio, que se desarrolló entre el 27 de septiembre de 2021 y el 7 de abril de 2022, a 8 años de cárcel. La abultadísima información hallada dentro de un disco extraíble encontrado de modo fortuito durante un allanamiento practicado en 2016 a las empresas del cuñado Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, ubicadas en calle Racedo, frente a las viejas instalaciones del Ferrocarril, fue hecha propia por el tribunal y convertida en pieza clave de las condenas.

De las 14 personas que se sentaron en el banquillo, 5 fueron absueltas (una falleció en octubre de 2021).

Por unanimidad, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná -conformado por José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón- declaró a Urribarri «autor material y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la modalidad de delito continuado», en la primera de las causas que se ventilaron en el megajuicio, “la causa de la vaca” o de “las imprentas”, en la que se le reprochó que durante su gobierno se direccionaron las pautas de publicidad del Estado en vía pública en beneficio de las empresas de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, que a pesar de la discusión, el tribunal confirmó que le pertenecen y que quienes dijeron ser sus dueños son en realidad testaferros.

También se lo condenó por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la causa en la que estuvo implicado el empresario todo terreno Germán Buffa, que consiguió del Estado una publicidad en tiempo tan veloz que la orden se firmó mucho antes de que su empresa, Global Means SRL, tuviera existencia real: no había sido inscripta todavía en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). El tribunal probó también acá el direccionamiento por cuanto Buffa tenía negocios con el exministro de Cultura y Comunicación de Urribarri, Pedro Báez, y su esposa, Sofía Riquelme.

La Justicia halló al exgobernador también autor del delito de peculado en la causa que investigó la publicación de una solicitada en diarios nacionales contra los fondos buitre, que le costó al Estado entrerriano la suma de $4 millones y que en realidad fue parte de la instalación nacional del «Sueño Entrerriano», su pretendida precandidatura a presidente de la Nación; le cargaron sobre sus espaldas también los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio del a función pública y peculado en concurso ideal en la investigación por el pago de una pauta publicitaria por $28 millones a la empresa Nelly Entertainment SA, del empresario Jorge “Corcho” Rodríguez, para difundir tres spots publicitarios en canales nacionales para, en teoría, promocionar la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en 2014 en Paraná, pero cuyo fin último fue instalar la figura de Urribarri a nivel nacional en su ansiado proyecto del “Sueño Entrerriano”: la posibilidad, frustrada al fin, de ser candidato a presidente de la Nación.

Además, en la quinta causa, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la causa del parador de Mar del Plata que se instaló en el verano de 2015 y que le costó al Estado entrerriano $14 millones. Oficialmente, fue presentado como una estrategia de difusión turística de la Provincia, pero para la Justicia cumplió la función de instalación de la figura de Urribarri como futuro candidato a presidente.

Así, sumados las causas “de la vaca”, la publicidad amañada direccionado hacia alguien del entorno del Gobierno y el costo del “Sueño Entrerriano” derivó en la aplicación de la condena de 8 años de cárcel de cumplimiento efectivo para el extitular del Poder Ejecutivo entrerriano, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua y una multa por $180 mil.

 

Fuente: Entre Ríos Ahora

 

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